Recomendación
47. El Estado parte debe difundir ampliamente el Pacto, sus dos Protocolos Facultativos, su séptimo informe periódico y las presentes observaciones finales con vistas a aumentar la conciencia sobre los derechos consagrados en el Pacto entre las autoridades judiciales, legislativas y administrativas, la sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales que actúan en el país, y la población en general, incluidos los miembros de pueblos indígenas.
Órgano de tratado
Comité de Derechos Humanos (CCPR) (23)Tipo
Difusión y sensibilización (7)Materia
Dar a conocer las recomendaciones (6)Grupo
Universal (26)