Recomendaciones DDHH -> Expulsión de personas migrantes

Esta plataforma da cuenta de las recomendaciones efectuadas por los órganos de tratados o comités de Naciones Unidas al Estado de Chile, en sus observaciones finales sobre los informes périodicos y en lo que dice relación con el quehacer del Poder Judicial.

Recomendación
50. El Comité recomienda que el Estado parte garantice a migrantes en situación de expulsión o negación de entrada en el territorio nacional, asistencia letrada, acceso a la justicia y a un recurso con efecto suspensivo, asistencia consular, condiciones sanitarias adecuadas, y acceso a la alimentación y a sus pertenencias personales. Recomienda también que el Estado parte conduzca una investigación o, en su caso, continúe con la misma para obtener resultados, en cuanto a legalidad del procedimiento relativo a las 169 personas de nacionalidad haitiana, de conformidad con la Convención. 


Recomendación
35. En relación con la observación general conjunta núm. 3 y núm. 4 (2017) del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares y núm. 22 y núm. 23 (2017) del Comité de los Derechos del Niño sobre los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional, el Comité insta al Estado parte a: (...)

c) Tener en cuenta que los niños migrantes forman parte de una familia y que las decisiones que el Estado parte adopta respecto a sus familiares les afectan directamente, en particular cuando se contempla la deportación, por lo que, a la hora de tomar una decisión o durante los procedimientos de expulsión, es preciso estudiar cada situación de forma individual y cumplir las debidas garantías procesales, incluida la evaluación del interés superior del niño y el derecho del niño a la vida familiar;