Recomendación
20. El Estado parte debe de continuar con sus esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, niñas y niños. En particular, el Estado parte debe:
- a) Velar por que se investiguen todos los casos de violencia sexual, que se enjuicie a los autores y, de ser declarados culpables, se les imponga una pena proporcional a los actos cometidos, y por que las víctimas dispongan de recursos efectivos, reparación integral y acceso a una protección y asistencia adecuada, en particular legal, médica, financiera y psicológica.
(Octavo informe periódico proyectado para 2031 mediante procedimiento abreviado)
Órgano de tratado
Comité de Derechos Humanos (CCPR) (18)Tipo
Jurisdiccional (47)Materia
Violencia sexual (2)Grupo
Interseccionalidad (6)