Recomendación
8. El Estado parte debe de redoblar sus esfuerzos, incluida la provisión de los necesarios recursos financieros, técnicos y humanos, para investigar, juzgar y sancionar todas las violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura, con penas proporcionales a la gravedad de los delitos; asegurar que las víctimas o sus familiares reciban una reparación integral, la implementación efectiva del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia, así como el cumplimiento efectivo de las penas.
Órgano de tratado
Comité de Derechos Humanos (CCPR) (23)Tipo
Jurisdiccional (40)Materia
Justicia transicional (3)Grupo
Universal (26)