Recomendaciones DDHH

Esta plataforma da cuenta de las recomendaciones efectuadas por los órganos de tratados o comités de Naciones Unidas al Estado de Chile, en sus observaciones finales sobre los informes périodicos y en lo que dice relación con el quehacer del Poder Judicial.

Recomendación

24.317 Poner fin a las expulsiones colectivas y a la devolución de migrantes (Iraq)

24.328 Redoblar las acciones para proteger los derechos de los migrantes y refugiados de acuerdo con el principio de no devolución y la prohibición de la expulsión arbitraria y colectiva (Costa Rica)

(Quinto EPU proyectado para 2029)


Recomendación

24.44 Velar por que se investiguen con prontitud e imparcialidad todas las denuncias de uso excesivo de la fuerza por los agentes del orden y el personal de seguridad durante las protestas sociales de 2019, así como por que se indemnice debidamente a las víctimas (Chequia)

24.51 Reforzar los mecanismos de rendición de cuentas y transparencia dentro de las fuerzas del orden para investigar y enjuiciar los incidentes de uso excesivo de la fuerza (Liechtenstein)

24.52 Adoptar las medidas necesarias para garantizar la justicia, la rendición de cuentas y la reparación integral para las víctimas de violaciones de los derechos humanos durante las protestas sociales de 2019, entre otras cosas tramitando sin demora todos los casos pendientes relacionados con el uso excesivo o innecesario de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad (Irlanda)

24.53 Agilizar la respuesta judicial a las violaciones de los derechos humanos ocurridas durante las protestas sociales de 2019 (Sudáfrica)

24.54 Agilizar los procesos judiciales para garantizar la rendición de cuentas por los casos de violencia excesiva en las protestas de 2019 (Alemania)

(Quinto EPU proyectado para 2029)


Recomendación

24.83 Proseguir la labor dirigida a llevar ante la justicia las violaciones de los derechos humanos perpetradas durante la dictadura y redoblar los esfuerzos de lucha contra la impunidad (Francia)

24.87 Acelerar las investigaciones sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado y garantizar que las fuerzas del orden respeten el derecho internacional de los derechos humanos (Canadá)

24.88 Garantizar, en la implementación del Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, que las víctimas reciban reparación integral y que los responsables de las desapariciones forzadas durante la dictadura sean sancionados de acuerdo con el derecho internacional (Costa Rica)

(Quinto EPU proyectado para 2029)


Recomendación

24.86 Tomar medidas urgentes para garantizar la justicia y la reparación adecuada a las víctimas que sufrieron graves violaciones de derechos humanos durante la dictadura desde 1973, además de las víctimas de las manifestaciones populares masivas de 2019 y 2020 (República Bolivariana de Venezuela)

24.89 Adoptar medidas apropiadas para garantizar la duración razonable de los procesos judiciales a fin de asegurar el derecho a un juicio imparcial (Finlandia)

(Quinto EPU proyectado para 2029)


Recomendación

46. Teniendo en cuenta las anteriores recomendaciones del Comité10, el Estado parte debe: (...)
  • d) A la luz del artículo 4 del Pacto y la observación general núm. 29 (2001), garantizar que cualquier medida introducida en el contexto del estado de emergencia sea temporal, proporcionada y estrictamente necesaria, y esté sujeta a revisión judicial.

(Octavo informe periódico proyectado para 2031 mediante procedimiento abreviado)


Recomendación

44. El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos para prevenir, combatir y erradicar las violaciones de derechos humanos contra menores de edad en los centros en los que estos se encuentran bajo su tutela. Entre otras medidas, el Estado debe:
  • a) Garantizar que dichas violaciones de derechos humanos sean investigadas exhaustivamente, que los responsables sean llevados ante la justicia y que, si son declarados culpables, sean sancionados adecuadamente, y que las víctimas tengan acceso a una reparación integral y a una protección y asistencia adecuadas.

(Octavo informe periódico proyectado para 2031 mediante procedimiento abreviado)