Recomendación
15. Tomando nota del programa “Mi Abogado” y del reconocimiento del derecho a la participación efectiva recogido en la Ley núm. 21.430, el Comité recomienda al Estado parte que: (...)
c) Vele por que todos los profesionales pertinentes que trabajan con y para los niños, incluidos los jueces, los docentes y el personal dedicado a la atención a la infancia, reciban de manera sistemática una formación adecuada sobre el derecho del niño a ser oído y a que se tenga en cuenta su opinión, en función de su edad y madurez.
c) Vele por que todos los profesionales pertinentes que trabajan con y para los niños, incluidos los jueces, los docentes y el personal dedicado a la atención a la infancia, reciban de manera sistemática una formación adecuada sobre el derecho del niño a ser oído y a que se tenga en cuenta su opinión, en función de su edad y madurez.
Órgano de tratado
Comité de los Derechos del Niño (CRC) (20)Tipo
Capacitación (15)Materia
Derecho a ser oído (1)Grupo
Niños, niñas y adolescentes (21)