El Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales publica su Informe Anual sobre Derechos Humanos 2021
23/12/2021El pasado lunes 6 de diciembre se publicó el Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile 2021 del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, centrado esta vez en el análisis de los procesos penales derivados del estallido social y en el impacto de la pandemia en los derechos y en las condiciones de vida de los grupos de personas más vulnerables.
En sus primeros capítulos, el documento destaca “el pobre avance en la investigación, juzgamiento y reparación a distintas violaciones a los derechos humanos, especialmente, las ocurridas desde el estallido social”, criticando además el uso de la prisión preventiva en los casos tramitados en este contexto. En ese orden de ideas, y considerando el transcurso de dos años desde los eventos de octubre de 2019, el Informe sostiene como fundamental que “el sistema penal en su conjunto pueda resolver, con la mayor celeridad posible, todos los procesos que se encuentran en curso para determinar la inocencia o la culpabilidad de aquellas personas que están imputadas, especialmente quienes están sometidas a prisión preventiva.”
Respecto al funcionamiento de los Tribunales de Justicia en el contexto de la pandemia del COVID 19, el Informe reconoce que el Poder Judicial ha debido armonizar el derecho de acceso a la justicia con la protección a la salud de sus funcionarios y usuarios. En ese sentido, el Informe valora que “El Estado, en general, y el sistema de justicia, en particular, desde muy temprano, tomaron medidas legislativas y de otro carácter para afrontar las limitaciones frente a la ausencia de presencialidad”. Así, destaca en particular “la Ley de Tramitación Electrónica y la existencia, previa a la pandemia, de la Oficina Judicial Virtual, que permitió en gran medida que la justicia pudiese continuar funcionando”.
Junto a los avances tecnológicos señalados, el Informe también considera como un hito positivo el Acta N°53-2020 del 8 de abril de 2020, en que la Corte Suprema “pone el acento en lo importante de la continuidad del servicio desde el punto de vista del acceso a la justicia, manteniendo un balance con otras garantías del debido proceso, el principio de transparencia y el resguardo de la salud”. En ese sentido, valora el resguardo de los derechos de personas en situación de vulnerabilidad así como la priorización de materias de especial sensibilidad e importancia.
No obstante lo anterior, el Informe también reconoce desafíos relativos al impacto de la crisis sanitaria en la justicia civil, sobre todo en asuntos que han resentido la suspensión de algunas diligencias procesales, como ha ocurrido, de acuerdo a lo mencionado en el texto, en la tramitación de causas concernientes a arrendamientos de predios urbanos.
Por otro lado, y en varios de sus capítulos, el documento se refiere con especial énfasis al impacto del COVID-19 en los grupos de personas vulnerables, en particular en la realización del derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes; en la indemnidad de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; y en la protección de los derechos laborales de trabajadores y trabajadoras de servicios de delivery. En el contexto del aumento de riesgos importados por la pandemia, el Informe destaca, además, un incremento considerable en las condiciones de pobreza de grupos especialmente expuestos a ella, como ocurre en el caso de los niños, niñas y adolescentes.
En ese sentido y en lo concerniente al papel del Poder Judicial relativo al conocimiento de los casos de mujeres, niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia de género o violencia intrafamiliar, el Informe destaca, junto al mencionado Auto acordado 53-2020, el “Protocolo de atención para acceder a canales de denuncia de violencia intrafamiliar y de violencia de género y requerimientos de aplicación judicial de medidas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes en los tribunales del país, en el contexto de la pandemia de Covid-19”, elaborado por la Secretaría de Género de la Corte Suprema.
En otra de sus secciones destacadas, el Informe también se refiere a las violencias que sufren los pueblos indígenas y personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas que, en términos del documento, son producto del “discurso de la “guerra y la invasión”.
En lo relativo a la actividad del Poder Judicial, el texto recuerda que, en relación al conflicto entre el Estado chileno y el Pueblo mapuche, “la propia Corte Suprema ha señalado en sus fallos, en numerosas oportunidades, que las policías tienen el deber de respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes mapuche, en cumplimiento de la legislación vigente y de los tratados internacionales ratificados por Chile en la materia”.
Por otro lado, y en lo que atañe a la actividad de los Tribunales superiores de la justicia ordinaria respecto a los procedimientos de expulsiones colectivas, el Informe releva que “mediante fallos en el marco de acciones de amparo, las Cortes han revocado las medidas de expulsión de un gran número de personas migrantes, las que si aún no han sido deportadas, podrían buscar la regularidad migratoria, o, estando ya fuera del país producto de la expulsión, pueden intentar regresar directamente o a través de la obtención de un visado consular, si es el caso”.
Finalmente, y al igual que todos los años, el Informe reserva un apartado especial al examen de los avances y desafíos en materia de verdad, justicia, memoria y no repetición respecto de las violaciones de derechos humanos ocurridas en dictadura. Luego, destaca las iniciativas de la Corte Suprema emprendidas desde hace varios años “para coordinar las causas de derechos humanos, estableciendo mecanismos de priorización y coordinación, y elaborando sistemas de monitoreo y seguimiento que prometen mejorar la comunicación al público sobre el estado de avance de las causas y el cumplimiento a cabalidad de las sentencias impuestas a nombre de la comunidad.”
En ese sentido, el Informe distingue el trabajo colaborativo, en el contexto de la pandemia del COVID-19, llevado a cabo por la Oficina de Coordinación Nacional de Causas de DDHH y la Dirección de Estudios de la Corte Suprema que, asistiendo a la Corte Suprema en la elaboración de medidas en base a diagnósticos y estadísticas, han cooperado con el propósito llevado a cabo por el máximo Tribunal de “agilizar el conocimiento y resolución de causas de Derechos Humanos”.
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