Corte Suprema informa Proyecto de Ley que “Crea un estatuto de prevención y persecución de conductas atribuibles a las organizaciones criminales”

09/09/2024
El día 3 de septiembre de 2024, a través de Oficio N° 277-2024, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión del proyecto de ley que “Crea un estatuto de prevención y persecución de conductas atribuibles a las organizaciones criminales” (Boletín N° 16.827-07).
 
La iniciativa, a través de 33 artículos permanentes y una norma transitoria, tiene por objetivo establecer un estatuto sistemático de normas para la prevención y persecución del crimen organizado, especialmente aquel que opera a través de estructuras organizativas permanentes o temporales, con fines ilícitos, que incluyen desde el tráfico de drogas hasta la extorsión y la trata de personas.
 
Al respecto, el máximo tribunal, concordando con la necesidad de mejorar la capacidad de las autoridades para abordar esta problemática, señala que el análisis detallado del proyecto sugiere varias áreas críticas que requieren una revisión significativa para asegurar que las medidas propuestas no solo sean efectivas, sino también justas y alineadas con los principios fundamentales del derecho y los derechos humanos.
 
Entre otros aspectos, es el caso de la propuesta de aplicar medidas preventivas y cautelares, incluyendo sanciones y penas accesorias, sin la formalización necesaria, posibilitando la imposición de éstas sin las garantías procesales adecuadas y con base en criterios subjetivos que podrían resultar en un tratamiento punitivo desproporcionado y potencialmente arbitrario.
 
También la Corte mencionó la falta de diferenciación clara entre las medidas preventivas y cautelares, y la posibilidad de imposición de estas medidas sin una evaluación rigurosa de su necesidad y proporcionalidad, lo que pone en riesgo el equilibrio entre seguridad y libertad individual, como, asimismo, señaló la necesidad de reevaluar los plazos extendidos para la revisión de estas medidas y la discrecionalidad otorgada a los jueces en su aplicación y revisión.
 
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 29-2024 (Oficio N°277-2024).
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