Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas presenta informe sobre resultados del procedimiento de investigación

14/08/2018
«(…) el Comité considera que existen, principalmente, cuatro causas estructurales que han favorecido las graves y sistemáticas violaciones descritas en este Informe: a) la visión tutelar de la infancia; b) una incorrecta interpretación del carácter subsidiario del Estado; c) la excesiva judicialización del sistema; d) la insuficiencia de recursos humanos, técnicos y financieros en el sistema»

En virtud de los artículos 13 y 14 del “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a un Procedimiento de Comunicaciones”, el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas llevó adelante un procedimiento de investigación respecto de eventuales violaciones graves o sistemáticas del Estado de Chile de los derechos enunciados en la Convención de los Derechos del Niño con respecto a un importante porcentaje de niños, niñas y adolescentes bajo tutela del Estado.

El Comité emitió el informe de dicha investigación el 1 de junio de 2018 y el Estado de Chile, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, accedió a su publicación a fines del mes de julio.

En su informe, el Comité da cuenta, en primer lugar, de violaciones a obligaciones del Estado de Chile derivadas de la Convención de los Derechos del Niño y relativas a los NNA privados de entorno familiar. Las obligaciones señaladas son:

  1. No discriminación
  2. Interés superior del niño
  3. Obligación de asegurar el respeto de las normas por las instituciones encargadas de protección
  4. Medidas generales de aplicación
  5. Derecho a la vida, supervivencia y el desarrollo
  6. No separación de la familia salvo en interés superior del niño
  7. Derecho a expresar su opinión y a ser escuchado
  8. Asistencia apropiada a los padres y representantes legales en lo que lo respecta al niño
  9. Protección contra la violencia
  10. Derecho del niño con discapacidad a la atención adecuada para una vida plena y decente
  11. Derecho al más alto nivel posible de salud
  12. Derecho a la educación
  13. Derecho al descanso, esparcimiento y cultura
  14. Protección contra explotación y abusos sexuales
  15. Protección contra la tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes
El Comité señala que dichas violaciones son graves, es decir, producen daño sustancial a las víctimas, y sistemáticas, debido a la naturaleza organizada de los actos que conducen a violaciones repetidas y la improbabilidad de su ocurrencia aleatoria. Estas se producen, a juicio del Comité, debido a cuatros causas estructurales, a saber, la visión tutelar de la infancia, una incorrecta interpretación del carácter subsidiario del Estado, la excesiva judicialización del sistema y la insuficiencia de recursos humanos, técnicos y financieros.

Para remediar estas vulneraciones, el Comité de los Derechos del Niño emitió una serie de recomendaciones y solicitó al Estado de Chile adoptar todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo NNA víctima. Finalmente, el Comité solicita al Estado de Chile le informe, en el plazo de seis meses, sobre las medidas que haya adoptado y tenga previsto adoptar y le recomienda difunda las  conclusiones y recomendaciones del informe.

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