Cámara de Diputados aprueba en primer trámite constitucional la reforma que modifica el Gobierno Judicial y crea el Consejo de Nombramientos Judiciales

31/07/2025
El 21 de julio del 2025, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma constitucional que modifica el gobierno judicial y crea un Consejo de Nombramientos Judiciales (boletín N° 17.193-07). Este proyecto busca reformar el actual sistema de gobierno judicial, mediante la separación de funciones administrativas y jurisdiccionales, y la creación de órganos autónomos, con la finalidad de fortalecer la independencia judicial, mejorar el sistema de nombramientos y reducir los riesgos de conflictos de interés en el ejercicio de la jurisdicción.

Tramitación del proyecto


La propuesta de reforma ingresó a la Cámara de Diputados mediante Mensaje Presidencial el 16 de octubre de 2024, posteriormente, el 20 de enero de 2025, se dio cuenta del oficio N° 22-2025 de la Corte Suprema, por el que remite su parecer sobre la iniciativa, luego, el 7 de abril de 2025 el Presidente de la República presentó indicaciones al proyecto destacando entre ellas la creación de un Tribunal de Conducta Judicial, y, finalmente, el 22 de julio de 2025, una vez aprobada la reforma por dicha cámara, fue despachada al Senado, iniciando así su segundo trámite constitucional. 

Puntos más relevantes del proyecto


Creación del Consejo de Nombramientos Judiciales (Art. 76 bis): se propone crear un organismo autónomo encargado de los procesos de selección de jueces, fundado en principios de carácter objetivo, técnico y profesional, de independencia, en base al mérito de los candidatos y mediante mecanismos de oposición efectiva. 

Creación de un Órgano Autónomo administrador de recursos (Artículo 76 ter): se postula crear un órgano encargado de la administración y gestión de los recursos de los tribunales de la nación (salvo los que están sujetos a la rendición de cuentas ante la Contraloría General de la República). 

Facultad dictaminante de la Fiscalía Judicial (Art. 80 bis): Se entrega competencia a la Fiscalía Judicial para prevenir los conflictos de interés e investigar las infracciones a la probidad, pudiendo emitir dictámenes sobre dichos asuntos, los que tendrán carácter vinculante para los miembros del Poder Judicial.

Creación del Tribunal de Conducta Judicial (Art 80 ter): Conocerá y resolverá los procedimientos por faltas disciplinarias y a la probidad que realice la Fiscalía Judicial.

Nombramiento de Ministros de la Corte Suprema (Art 78): Serán nombrados por el Presidente de la República, de una terna jerarquizada propuesta por el Consejo de Nombramientos Judiciales, con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros en ejercicio.

Suprime la superintendencia directiva, correccional y económica de la Corte Suprema.

Con el proyecto ahora en el Senado, el debate sobre esta reforma al Poder Judicial continúa, radicado por el momento en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de dicha corporación, la que llevará adelante la discusión legislativa.

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