Defensoría de la Niñez presenta su Informe Anual 2021 sobre los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en Chile y efectúa recomendaciones al Poder Judicial

27/12/2021
El 30 de noviembre de 2021, la Defensoría de la Niñez presentó su Informe Anual del año 2021, documento que expone la situación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que viven en Chile y formula recomendaciones dirigidas al Estado de Chile concernientes a que sus distintos órganos adopten las medidas adecuadas para permitir un mayor goce y realización efectiva de tales derechos.

En su prólogo, destacan las presentaciones de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y de la Presidenta de la Convención Constitucional, Sras. Michelle Bachelet Jeria y Elisa Loncón Antileo, quienes valoran la labor emprendida por el Defensoría de la Niñez en este período y relevan la importancia de integrar los derechos de la niñez y adolescencia en el actual proceso constituyente.  

Entre los temas expuestos en el Informe sobresale, en primer lugar, la cuenta pública de la Defensoría, que detalla el trabajo realizado por sus oficinas macrozonales en la defensa de los derechos de la niñez y adolescencia, y describe rol de la institución en la ejecución de acciones judiciales en el marco del proceso de protección de derechos, entre otras labores llevadas a cabo por la Defensoría de la Niñez durante el período revisado.

En su segunda parte, el Informe anual también se refiere a la participación de los niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente, relevando la importancia de garantizar la participación efectiva de este grupo de personas con miras a reforzar la legitimidad de la nueva constitución. Finalmente, en su apartado tercero, el texto institucional revisa y caracteriza temas de especial importancia sobre la protección de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, como la realidad de los derechos de la niñez y adolescencia mapuche ante la presencia y violencia policial en la Araucanía, la situación de los niños, niñas y adolescentes bajo cuidado y tutela estatal, y el estado de la defensa especializada de niños, niños y adolescentes, entre otros tópicos.

En lo concerniente al Poder Judicial, el Informe distingue instancias de trabajo conjunto, tales como las mesas de trabajo interinstitucional relativas a la “Implementación del nuevo Servicio de Protección Especializada Mejor Niñez”, a la “Representación jurídica: traspaso de las curadurías de los Programas de Representación Jurídica (PRJ) al Programa Mi Abogado” y la mesa del “Protocolo para la protección de niños, niñas y adolescentes no acompañados y separados en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional”, cuya presentación se realizó en el mes de diciembre de 2021. En ese mismo sentido, el Informe valora el trabajo llevado a cabo por las macrozonas institucionales de la Defensoría de la Niñez con las Cortes de Apelaciones del país, cuyo objetivo “ha sido la coordinación para la observación, análisis y revisión de las materias involucradas con infancia y adolescencia en materia judicial”.

Finalmente, en relación a las recomendaciones, el Anuario representa al Poder Judicial una serie de propuestas, con distinto nivel de urgencia y plazos de aplicación, dirigidas a la protección, difusión y efectivización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Entre ellas, y respecto a la situación de los niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado, se recomienda de forma urgente:

1. Adoptar las medidas necesarias, a través de la Corte Suprema, para  fortalecer, priorizar y mejorar el cumplimiento de la obligación legal de los tribunales del país de realizar visitas judiciales a lugares donde permanecen niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado. Lo anterior, en lo relativo al tiempo, dedicación y atención para su realización, así como la adopción de medidas y el seguimiento a partir de lo observado.

2. Resguardar, a través de los Tribunales de Familia del país, el derecho a vivir en familia de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo el cuidado del Estado, teniendo en consideración en sus decisiones la mantención y el fortalecimiento de los vínculos familiares.

En relación a la aplicación de la Ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia, el Informe plantea al Poder Judicial de forma urgente:

1. Instruir e informar, a través de la Corte Suprema, a todos los tribunales del país acerca de los cambios que introduce la entrada en vigencia de la Ley N° 21.302, especialmente en lo relativo a la derivación a programas, líneas de acción y programas existentes, entre otros aspectos.

2. Adoptar las medidas necesarias, a través de la Corte Suprema, para potenciar el trabajo interinstitucional de los tribunales de familia y el resto de las instituciones encargadas de la implementación de la Ley N° 21.302.

Por otro lado, el Informe plantea al Poder Judicial recomendaciones a aplicar de forma urgente, sobre el cuidado de la primera infancia en residencias de protección y en cárceles, entre las que se cuentan:

1. Continuar realizando, a través de los Tribunales de Familia y Cortes de Apelaciones del país, las visitas judiciales a lugares donde permanecen niñas y niños en primera infancia sujetos a una medida proteccional, incluyendo las cárceles.

2. Adoptar las medidas necesarias, a través de la Corte Suprema, para fortalecer, priorizar y mejorar el cumplimiento de la obligación legal de los tribunales del país de realizar visitas judiciales a cárceles y residencias de protección para niñas y niños en la primera infancia. Lo anterior, en lo relativo al tiempo, dedicación y atención para su realización, así como la adopción de medidas y el seguimiento a partir de lo observado.

3. Adoptar las medidas necesarias, a través de la Corte Suprema, para fomentar la aplicación de los estándares internacionales de derechos humanos en relación con la utilización de medidas distintas a la privación de libertad en casos de personas que sean cuidadoras principales de niñas y niños de hasta dos años de edad, así como de mujeres embarazadas.

En la misma materia, recomienda en el corto plazo:

4. Diseñar, a través de la Corte Suprema, lineamientos y criterios basados en estándares de derechos humanos para los tribunales de familia, respecto de las decisiones relativas a la solicitud de las mujeres privadas de libertad que requieren permanecer junto con sus hijas e hijos en cárceles.

Sobre la protección de los niños, niñas y adolescentes mapuche, sujetos a la violencia policial en la Araucanía, la Defensoría de la Niñez plantea a la Corte Suprema realizar en el corto plazo actividades de capacitación y formación: 

1. Generar, a través de la Corte Suprema, instancias obligatorias de capacitación a funcionarios y funcionarias del sistema judicial, Defensoría Penal Pública, Ministerio Público y otros, en enfoque intercultural para asegurar la real pertinencia cultural en todas las intervenciones penales que afecten a niños, niñas y adolescentes indígenas.

2. Generar, a través de la Corte Suprema, capacitaciones a funcionarios(as) del Poder Judicial y organismos de acceso a la justicia sobre estándares de derecho internacional de la niñez y sobre derechos de los pueblos indígenas.

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