Defensoría de la Niñez efectúa recomendaciones al Poder Judicial en su II Informe Anual sobre los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en Chile

24/11/2020
La Defensoría de la Niñez ha publicado su II Informe Anual sobre los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en Chile. En este da cuenta de su gestión entre el 29 de junio de 2019 y el 29 de junio de 2020, presenta denuncias, afectaciones y violaciones a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes durante el estallido social y aborda la situación de estos derechos en el contexto de la crisis social y sanitaria del país.

Asimismo, la Defensoría valora positivamente la posibilidad de asistir a audiencias por videoconferencia en distintos Juzgados de Garantía, de acuerdo a la regulación del teletrabajo establecida por el Poder Judicial en tiempos de pandemia. Esta modalidad, según la Defensoría, le ha permitido ampliar su presencia a nivel nacional, lo que le era imposible hasta antes de la emergencia sanitaria atendidos distintos obstáculos vinculados al traslado de su personal.

Por otra parte, la Defensoría de la Niñez efectúa una serie de recomendaciones al Poder Judicial, principalmente en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado de lo que el informe denomina como un “Estado en crisis”. Así la Defensoría recomienda para el corto plazo:

1. Adoptar las medidas necesarias, a través de la Excelentísima Corte Suprema, para promover que las decisiones relativas al cuidado alternativo de niños, niñas y adolescentes que adopten los tribunales del país, sean de mayor o menor transitoriedad, cumplan con las garantías procesales exigidas, a fin de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran sujetos a medidas de protección.

2. Fortalecer, a través de la Academia Judicial, formación continua a jueces y juezas del país en derechos de los niños, niñas y adolescentes, con especial énfasis en su derecho a la participación.

3. Garantizar, a través de los tribunales del país, la aplicación de la medida de privación de libertad de adolescentes sólo como última ratio y por el menor tiempo posible, de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos.

4. Preferir, a través de los tribunales del país, la aplicación de medidas distintas a la privación de libertad a las personas que sean cuidadoras principales de niños y niñas de hasta dos años, así como de mujeres embarazadas.

Para el mediano plazo, la Defensoría recomienda al Poder Judicial:

1. Evitar, a través de los tribunales de familia del país, la separación innecesaria de niños, niñas y adolescentes de sus familias, priorizando la adopción de medidas de apoyo a las familias y alternativas de cuidado de tipo familiar conforme a los estándares de derechos humanos aplicables en la materia.

2. Sancionar, a través de los tribunales del país, los hechos constitutivos de violaciones de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes cometidos por agentes policiales y militares, con estricto apego a la normativa nacional e internacional vigente en Chile.

3. Modificar el auto acordado de tramitación del recurso de protección, relacionados con niños, niñas y adolescentes bajo el cuidado del Estado, de manera que las Cortes de Apelaciones del país establezcan prioridad para su conocimiento, definiendo plazos breves para que los recurridos informen, así como para su inclusión en tabla y resolución.

Finalmente, se recomienda de manera urgente al Poder Judicial:

1. Continuar realizando, a través de los tribunales de familia del país, las visitas judiciales a lugares donde permanecen niños, niñas y adolescentes sujetos a medidas de protección, y retomar la modalidad presencial de éstas, tomando los resguardos debidos, en tanto las disposiciones sanitarias lo permitan.

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