Corte Suprema informó al Congreso Nacional el proyecto de ley sobre conductas que afectan la seguridad en espacios públicos o alteran la convivencia ciudadana

Corte Suprema informó al Congreso Nacional el proyecto de ley sobre conductas que afectan la seguridad en espacios públicos o alteran la convivencia ciudadana

15/06/2026
El pasado 8 de junio, mediante Oficio N° 137-2026, el máximo tribunal despachó su informe al Congreso Nacional relativo al proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales, en materia de persecución de conductas que afectan la seguridad en espacios públicos o alteran gravemente la convivencia ciudadana” (Boletín N° 18.218-25), iniciado por moción, encontrándose actualmente en primer trámite constitucional y sin urgencia para su tramitación.

El proyecto tiene por objetivo fortalecer la protección del espacio público y de la infraestructura esencial de carácter comunitaria, sanitaria, educacional, de emergencia y de uso común, mediante ajustes legales destinados a precisar el concepto de daño y regular conductas que deterioran el entorno o afectan gravemente la convivencia ciudadana. En particular, la iniciativa busca abordar intervenciones materiales como rayados, alteraciones de bienes, abandono de residuos o perturbaciones sonoras, además de extender determinadas prohibiciones vinculadas al consumo de alcohol y drogas a bienes comunes en copropiedades inmobiliarias.

En su informe, la Corte realiza principalmente observaciones en torno a la modificación propuesta al artículo 25 de la Ley N° 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas. Dicha norma actualmente prohíbe consumir bebidas alcohólicas en calles, caminos, plazas, paseos y demás lugares de uso público, sancionando su infracción con multa de hasta una unidad tributaria mensual o con amonestación cuando existan antecedentes favorables para el infractor.

El tribunal advierte que el proyecto propone ampliar los lugares en que rige dicha prohibición y permitir que, en caso de reiteración, el tribunal pueda considerar especialmente esa circunstancia para determinar la sanción dentro del rango legal. 

En este contexto, la Corte observó que la legislación vigente ya entrega a los juzgados de policía local herramientas discrecionales suficientes para graduar la sanción, tanto por la posibilidad de imponer multa o amonestación como por las reglas generales de la Ley N° 18.287, que permiten suspender sanciones, conmutar multas por trabajos comunitarios o rebajarlas mediante reposición.

En ese sentido, el máximo tribunal estima que la propuesta no parece aportar al régimen vigente, pues la fórmula empleada no establece un mandato claro para el juez. 

Para más detalles, véase el informe del proyecto de ley contenido en el Oficio N° 137-2026.

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