Corte Suprema informa sobre el proyecto de ley que “Modifica la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en cuanto a las normas de subrogación de sus miembros y del término de su período”
21/07/2025
El 15 de julio de 2025, la Corte Suprema, mediante oficio Nº 172-2025, remitió su informe al Congreso Nacional sobre el proyecto de ley que “Modifica la Ley N° 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, en cuanto a las normas de subrogación de sus miembros y del término de su período”.
El proyecto busca garantizar la continuidad del funcionamiento de los tribunales ambientales y asegurar que nunca queden vacantes sus cargos sin reemplazo. Para cumplir con tal propósito, la iniciativa legal propone incorporar una norma de subrogación estricta entre suplentes de cada tribunal ambiental, de modo que, ante la falta de ministros o ministras titulares o suplentes, pueda recurrirse a los suplentes de otro tribunal ambiental. Actualmente, la regla vigente dispone que ante la ausencia de los ministros abogados titulares o suplentes de estos tribunales, estos sean subrogados por un ministro de la Corte de Apelaciones respectiva.
En segundo lugar, el proyecto propone prorrogar automáticamente el ejercicio de los ministros y ministras titulares hasta la asunción de sus reemplazantes, a fin de evitar vacancias.
Al respecto, la Corte Suprema informa que parece conveniente establecer una regla de subrogación como la propuesta, ya que, al operar esta figura entre ministros de otros tribunales ambientales, se mantiene la especialización de su composición, aspecto que fue uno de los objetivos buscados con la aprobación de la Ley 20.600.
Sin perjuicio de lo precedentemente señalado, la Corte Suprema observa que el proyecto de ley no hace referencia a los inconvenientes que puedan derivar de la distancia geográfica que existe entre los distintos Tribunales Ambientales o cómo solucionar las eventuales dificultades que puedan surgir por tal motivo, al operar la subrogación entre sus miembros.
En cuanto a la prórroga del período de ejercicio de los ministros de los Tribunales Ambientales en sus cargos hasta la designación de sus reemplazantes, el máximo tribunal manifestó que una regla en tal sentido, no obstante puede contribuir a resolver el problema de integración del tribunal y asegurar la continuidad del servicio, permitiría consolidar un estado de funcionamiento anómalo, que podría generar situaciones que afecten la legitimidad de las decisiones adoptadas por el tribunal, en virtud de advertirse una posible afectación de la independencia de los ministros que ejercen sus funciones en virtud de la prórroga de su período, abriendo paso, además, a la eventual transformación del plazo de duración del mismo en una condición, cuyo cumplimiento dependerá de las voluntades políticas involucradas en el proceso de designación.
Para más detalles, se puede consultar el texto completo del Oficio N° 172-2025.
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