Corte Suprema informa Proyectos de Ley que: “Modifica el Código de Justicia Militar, en materia de tribunales militares y procedimiento” y que “Moderniza el Código de Justicia Militar, y modifica la Ley de Control de Armas”
26/05/2026
Por medio de los Oficios N° 114-2026 y N° 115-2026, la Corte Suprema dio su parecer al Congreso Nacional respecto de dos proyectos de ley orientados a modernizar la Justicia Militar. Ambos proyectos comparten una estructura central consistente en 134 modificaciones específicas al Código de Justicia Militar, enfocadas en adecuar la normativa a los estándares internacionales de derechos humanos y principios democráticos.
En ella se contemplan dos grandes ámbitos de reforma: por una parte, modificaciones orgánicas para la profesionalización de la judicatura; y por otra, cambios procedimentales que incluyen la eliminación del secreto del sumario y un nuevo estatuto de derechos para el militar imputado.
En términos generales, el máximo tribunal valoró la iniciativa orientada a actualizar la normativa castrense conforme a las recomendaciones internacionales recibidas por el Estado de Chile y a homologar el estatuto militar con los principios de la reforma procesal penal; sin embargo, advirtió áreas de preocupación, como la insuficiente regulación de los principios que gobiernan las medidas cautelares, la atribución de competencia a tribunales militares respecto de delitos ajenos al ordenamiento castrense, entre otros aspectos.
La diferencia fundamental entre ambos boletines radica en que el Boletín N° 17.491-07 (informado mediante el Oficio N° 115-2026) incorpora un artículo adicional para modificar la Ley de Control de Armas. Al respecto, la Corte Suprema advierte que la redacción propuesta de su inciso final requiere mayor precisión penal, ya que podría anticipar la impunidad de acciones que deben ser escrutadas judicialmente de manera individual y en su contexto.
Estas y otras consideraciones pueden consultarse en detalle en los Informes de los Proyectos de Ley N° 48-2024 (Oficio N° 114-2026) y N° 23-2025 (Oficio N° 115-2026).
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