Corte Suprema informa proyecto de ley sobre facilidades de pago para los derechos de aseo municipal

31/01/2022
El pasado 28 de enero de 2022, mediante Oficio N° 20-2022, el máximo tribunal informó al Congreso, su opinión sobre el proyecto de ley que “Entrega facilidades de pago para los derechos de aseo municipal y faculta al Servicio de Tesorerías su cobro, en los casos que indica” (boletín N°14.797-06).

El referido proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional y tiene su origen en mensaje presidencial ingresado el pasado 6 de enero.

La iniciativa tienen por objetivo facilitar el cobro de los derechos de aseo municipal, en orden a permitir su recaudación a través del Servicio de Tesorerías, así como entregar facilidades de pago para dichos derechos, considerando convenios que puedan condonar intereses y multas, así como la declaración de la prescripción de los mismos cuando ello corresponda”.

Para lo anterior, el proyecto establece reglas sobre el cobro, condonación, celebración de convenios de pago y prescripción de derechos de aseo municipales, donde destaca que, dentro de los doces meses siguientes a la publicación de la ley, se otorgará competencia a los juzgados de policía local para conocer de juicios de prescripción de dicho tipo de derechos. Además, se propone modificar la ley de rentas municipales, con el objeto de permitir que las municipalidades celebren convenios de colaboración con el Servicio de Tesorerías para que éste recaude y cobre administrativa y judicialmente las patentes, derechos y tasas municipales aplicando, en caso que se trate de cobranza judicial, las normas cobro ejecutivo de obligaciones tributarias de dinero, contenidas en el Título V del Libro III del Código Tributario. Esta última modificación entraría en vigencia luego de dos años desde la publicación de  la ley.

Considerando que existirán diversas situaciones procesales que convivirán en un mismo momento, la Corte expresó su preocupación en relación a posibles afectaciones a las garantías fundamentales de igualdad ante la ley e igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos.

En efecto, el máximo tribunal estimó que si bien parece razonable que los juzgados de policía local puedan conocer de las prescripciones extintivas de los derechos de aseo municipal, la transitoriedad de esta competencia podría afectar la igualdad ante la ley.  Por lo que consideró que “[d]e existir un diagnóstico que evidenciara problemas de acceso u oportunidad en la substantación de estas causas, lo que correspondería, en rigor, es modificar la competencia del asunto con carácter definitivo –y no transitorio- a otro órgano jurisdiccional, o bien, establecer dispositivos procesales o de otro tipo que permitan solucionar los escollos puntuales que según la iniciativa existirían para el cumplimiento de los propósitos de la propuesta”.

Por otra parte, en consonancia con sus opiniones previas, la Corte estimó que la regla del proyecto que dispone que la sentencia que resuelve la prescripción no será susceptible de recurso de apelación, afecta el derecho al debido proceso, en especial, el derecho al recurso.

Por último, en cuanto al régimen permanente propuesto, y también en relación a la garantía de igualdad ante la ley, manifestó su preocupación en relación a que dos personas que adeudan el mismo tipo de renta municipal podrían verse enfrentadas a una situación procesal diversa, basada únicamente en si su municipalidad celebró o no convenios con el Servicio de Tesorería.

En razón de lo expuesto, se estimó “que el proyecto debe ser objeto de adecuaciones orientadas a subsanar las observaciones señaladas”.

El informe de la Corte se extendió a otros aspectos del proyecto de ley en comento. Sus detalles pueden consultarse en el Informe Proyecto de Ley N°3-2022 (Oficio N°20-2022), disponible a continuación.

Respuesta Corte PL 3-2022

Etiquetas

Compartir en:

Sección de comentarios

Deja tu comentario.