Corte Suprema informa proyecto de ley que “Sanciona las acusaciones falsas en materia laboral, y modifica el Código Penal y el Código del Trabajo del modo que indica”
21/07/2026
Por medio de Oficio N° 193-2026, el 14 de julio de 2026, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional respecto del proyecto de ley que “Sanciona las acusaciones falsas en materia laboral, y modifica el Código Penal y el Código del Trabajo del modo que indica”, correspondiente al Boletín N° 18.278-13.
La iniciativa, originada por moción parlamentaria, tiene como fundamento corregir lo que sus autores denominan un “incentivo perverso” en los procedimientos de tutela laboral, donde la inversión de la carga de la prueba facilitaría la creación de relatos fácticos artificiales. El proyecto busca resguardar la presunción de inocencia y la honra de los demandados mediante la sanción a la instrumentalización del sistema judicial, la tipificación del fraude procesal laboral y el establecimiento de responsabilidad solidaria para peritos.
En términos generales, la Corte Suprema estimó que la propuesta presenta una nomenclatura confusa y contradictoria, empleando términos ajenos al ámbito laboral, como la figura de la “querella”. Asimismo, advirtió mezcla en los criterios de sanción entre los enfoques subjetivos con objetivos. Al respecto, se informó que el uso de un criterio objetivo —basado únicamente en la falta de acreditación de los hechos— podría debilitar el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia.
Respecto de la estructuración de la vía judicial, se observaron procedimientos inadecuados para sancionar estas conductas. Por ejemplo, darle tramitación como incidente de previo y especial pronunciamiento, cuando se trata de un asunto nuevo y sustantivo que surge tras una sentencia firme; o el uso del juicio monitorio, el cual está diseñado para causas de baja cuantía y mínima controversia, y no para asuntos indeterminados que conllevan efectos penales y contractuales.
Estas y otras consideraciones pueden consultarse en detalle el Informe del Proyecto de Ley N° 23-2026 (Oficio N° 193-2026).
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