Corte Suprema informa proyecto de ley que “previene y sanciona el ecoblanqueo o lavado verde de imagen”

07/03/2023
El pasado 24 de febrero, mediante Oficio N° 47-2023, la Corte Suprema informó al Congreso su opinión sobre el proyecto de ley que “previene y sanciona el ecoblanqueo o lavado verde de imagen”, correspondiente al boletín N° 15.044-12, actualmente en primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados.

El máximo Tribunal señaló que el proyecto busca prevenir, definir y precisar el concepto de ecoblanqueo o lavado verde de imagen, conocido también como “greenwashing”, y regular una plataforma permanente de información ambiental de las empresas, con la finalidad de dotar con mayores herramientas para la fiscalización y sanción adecuada a quienes incumplen la normativa.

La Corte indicó que la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (en adelante, “LPDC”) vigente ya incluye el “ecoblanqueo”, por cuanto ya se puede sancionar vía publicidad engañosa al que a través de cualquier mensaje publicitario induce a error o engaño al consumidor o público en general, respecto de los atributos “sustentables” del bien o servicio ofrecido. En ese sentido, la propuesta podría considerarse de cierta forma redundante.

Por otro lado, la Corte Suprema se preguntó si efectivamente es conveniente insistir en que la competencia para conocer de estas infracciones sea de los jueces de policía local, por cuanto muchas de las conductas prohibidas son más afines con las materias que conocen los jueces de letras y los tribunales ambientales, que cuentan con procedimientos adecuados para tramitar estos casos complejos.

Por último, la Corte expresó que también resulta problemático que la norma consultada le otorgue competencia a los juzgados de policía local para conocer de las contravenciones a “la ley que regula el lavado verde de imagen“, sin hacer ninguna distinción en cuanto a si se trata de proteger un interés individual, un interés colectivo o difuso, o un interés general. Lo anterior, por cuanto la LPDC precisamente distingue en razón de ello para efectos de otorgar competencia a los juzgados de policía local o a los juzgados de letras en lo civil.

El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 1-2022 (Oficio N° 47-2023).
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