Corte Suprema informa Proyecto de Ley que “Modifica la regulación de las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales en materia de fiscalización y participación de socios e hinchas”
24/02/2026
Con fecha 17 de febrero de 2026, mediante el Oficio N° 57-2026, la Corte Suprema remitió al Senado su informe respecto del proyecto de ley que "Modifica la Ley N° 20.019, que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales, en materia de fiscalización, de conflictos de interés, y de fomento de la participación de los hinchas en la propiedad de las mismas", correspondiente al Boletín N° 10.634-29.
La iniciativa tiene por objetivos fortalecer la fiscalización de estas entidades por parte de la autoridad reguladora, eliminar conflictos de interés en su propiedad y posibilitar la participación real de socios e hinchas mediante mecanismos de capitalización.
En el año 2018, el máximo tribunal ya había emitido su parecer sobre el proyecto, ocasión en que la Corte sugirió que el mecanismo de reclamo de ilegalidad contenido en la propuesta siguiera el modelo del procedimiento del reclamo de ilegalidad municipal y valoró positivamente que la competencia para conocer estos asuntos no se restringiera exclusivamente a la Corte de Apelaciones de Santiago.
En relación con el texto actualmente consultado, la Corte Suprema valoró que el procedimiento contencioso contemplado en el proyecto es similar a aquel que ha sido aconsejado previamente, con ciertas diferencias sobre las que consideró oportuno llamar la atención. Entre ellas, se advirtió que la propuesta limita la competencia para conocer el reclamo de ilegalidad únicamente a la Corte de Apelaciones de Santiago, sugiriendo que se faculte también al tribunal del domicilio del reclamante para conocer de estas materias, a su elección.
Asimismo, se hizo hincapié en que el texto consultado omite la posibilidad de que la respectiva Corte que conozca del asunto pueda abrir un término probatorio. El máximo tribunal enfatizó que la posibilidad de rendir prueba es un elemento esencial del debido proceso y del derecho a la defensa en el contexto de un procedimiento sancionatorio, por lo que se recomienda la reformulación del proyecto en ese aspecto.
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