Corte Suprema informa proyecto de ley que “Modifica el gobierno judicial y crea un Consejo de Nombramientos Judiciales”
23/01/2025
El pasado 17 de enero de 2025, mediante Oficio N.º 22-2025, el máximo tribunal emitió al Congreso Nacional su informe relativo al proyecto de reforma constitucional que “Modifica el gobierno judicial y crea un Consejo de Nombramientos Judiciales” (Boletín N.º 17.193-07, refundido con los boletines 12.607-07, 14.192-07, 16.852-07, 16.979-07, 17.115-07, 17.144-07 y 17.150-07), iniciado por mensaje presidencial el 16 de octubre de 2024.
El proyecto tiene por objetivo la separación de funciones jurisdiccionales y administrativas dentro del Poder Judicial, la creación de un órgano autónomo para el gobierno judicial y la implementación de un sistema basado en mérito para los nombramientos judiciales, además de establecer mecanismos para gestionar conflictos de interés.
En su informe, la Corte Suprema destacó múltiples aspectos críticos y reiteró su postura institucional que enfatiza la importancia de preservar la independencia judicial, tanto interna como externa.
Entre las principales observaciones realizadas, se encuentran las siguientes:
En primer lugar, se valoró que el conjunto de proyectos refundidos reconozca la necesidad de separar con claridad las funciones jurisdiccionales de las administrativas o de “gobierno judicial”. La Corte consideró indispensable que quienes ejercen jurisdicción se dediquen exclusivamente a dicha labor y que las tareas de nombramiento, disciplina, administración de recursos y formación sean asumidas por uno o más órganos autónomos, dotados de normas claras, competencias definidas y mayoría de integrantes provenientes de la judicatura, a fin de resguardar la independencia interna y externa del Poder Judicial.
En segundo lugar, se coincidió en la necesidad de modernizar los procesos de designación judicial, con la observación de que las iniciativas propuestas divergen respecto de la forma en que se conformarían y funcionarían los órganos a cargo de dichos nombramientos.
Adicionalmente, el informe destacó que ninguno de los proyectos coincide plenamente con la propuesta histórica de la Corte a estos respectos (plasmada en el Acta N° 134-2024), y que algunos asignan el nombramiento de ministros y jueces a un nuevo Consejo autónomo con mayoría judicial, mientras que otros mantienen la intervención del Presidente de la República o del Senado.
En otras materias abordadas por el proyecto de ley, el tribunal subrayó que la supresión de abogados integrantes, la redistribución de facultades disciplinarias, la administración de recursos y la creación de un régimen de gestión de conflictos de interés son pasos en la dirección correcta, pero que requieren una planificación integral para no afectar el normal funcionamiento de los tribunales. Además, recalcó la importancia de definir con claridad las normas éticas aplicables a profesionales no colegiados y de contemplar transiciones graduales y financiamiento suficiente para implementar estos cambios.
En suma, la Corte Suprema estimó que, si bien las reformas proponen soluciones a problemas estructurales, reales y bien conocidos, es necesaria una revisión exhaustiva de cada iniciativa para lograr coherencia normativa y operatividad práctica en el nuevo modelo de gobierno judicial.
Para más detalles, véase el informe del proyecto de ley contenido en el Oficio Nº 22-2025, haciendo click aquí.
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