Corte Suprema informa Proyecto de Ley que “Modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de reforzar la seguridad y protección de los testigos que comparezcan al juicio oral, en los casos que indica”

18/06/2024
El día 11 de junio de 2024, a través de Oficio N° 180-2024, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión del proyecto de ley que “Modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de reforzar la seguridad y protección de los testigos que comparezcan al juicio oral, en los casos que indica” (Boletín N° 16.320-07).
 
El proyecto de ley, según anuncian sus autores, tiene como fundamento contrarrestar la influencia que ha tenido la llegada del crimen organizado al país, siendo fundamental la utilización de todas las herramientas legales que, dentro del Estado de Derecho, permitan alcanzar buenos resultados en la lucha contra la acción delictual de estos grupos.
 
La Corte Suprema, dando cuenta que las normas consultadas refieren a medidas de protección de testigos, expresa que el proyecto de ley no se encuentra dentro de las materias que deben serle consultadas de conformidad con los incisos 2° al 6° del Art. 77 de la Constitución Política de la República. Mas, con un ánimo de colaboración y por deferencia con el poder legislativo, señala que emitirá opinión sobre el mismo.
 
Entrando al fondo de la iniciativa, el máximo tribunal sostiene que la propuesta parece poco sistemática en relación a los niveles de protección que nuestro sistema actualmente establece para los testigos, lo que, incluso podría ser contraproducente, además de promover la incorporación de criterios excesivamente laxos en relación con los cambios recursivos que propone, lo que parece poco eficiente y no es propio de un sistema adversarial, como el que nos rige.
 
Finalmente, se hace presente que parte de lo consultado encuentra correspondencia con otros dos proyectos de ley (boletines N°16.339-07 y N°16.326-07) sobre los cuales también se ha pedido opinión a la Corte Suprema y que serán informados por dicho tribunal.
 
Esta y otras consideraciones pueden consultarse en detalle el Informe del Proyecto de Ley N° 51-2023 (Oficio N° 180-2024).
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