Corte Suprema informa proyecto de ley que Modifica el Código Orgánico de Tribunales para otorgar, al Juzgado de Letras y Garantía de Toltén, competencia sobre la comuna de Teodoro Schmidt

03/02/2023
El pasado 24 de enero, mediante Oficio N° 21-2023, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión sobre el proyecto de ley que “Modifica el Código Orgánico de Tribunales para otorgar, al Juzgado de Letras y Garantía de Toltén, competencia sobre la comuna de Teodoro Schmidt”, correspondiente al Boletín N° 15.565-07.

La propuesta, a través de un artículo único, busca modificar el artículo 36 del Código Orgánico de Tribunales (COT) y tiene como propósito que la comuna de Teodoro Schmidt quede comprendida dentro del territorio jurisdiccional del Juzgado de Letras y Garantía de Toltén, y no del Juzgado de Letras de Competencia Común asentado en la comuna de Nueva Imperial, como actualmente se dispone. La propuesta se funda en una razón de índole geográfica, dada la mayor proximidad física entre las comunas de Teodoro Schmidt y Toltén. 

En el informe elaborado por la Corte, se observa que la modificación legal propuesta, al no incluir la reforma del actual artículo 16 del COT, que dispone la existencia, número de jueces y competencia de los Juzgados de Garantía en el territorio nacional, traería como consecuencia que los asuntos penales que se originen en la comuna de Teodoro Schmidt y que hoy se conocen en el Juzgado de Garantía de Nueva Imperial, los siga conociendo este tribunal, provocando con ello que la iniciativa pierda el sentido para el cual fue diseñada. 

Asimismo, da cuenta de la ausencia de una norma transitoria que establezca de forma explícita que los procesos ya iniciados ante los dos Juzgados de Nueva Imperial (de competencia común y garantía), deben continuar su tramitación hasta su culminación.

El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 36-2022 (Oficio N° 21-2023)
_______________________________


Etiquetas

Compartir en:

Sección de comentarios

Deja tu comentario.