Corte Suprema informa Proyecto de Ley que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad ambiental y mejorar su eficiencia”

26/03/2024
El día 19 de marzo de 2024, a través de Oficio N° 43-2024, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión del proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad ambiental y mejorar su eficiencia” (Boletín N° 16.552-12).
 
Acorde al proyecto, su objetivo es fortalecer la institucionalidad ambiental, con el fin de garantizar la protección del medio ambiente y procurar hacer más eficientes los procesos asociados a los instrumentos de gestión ambiental, entregando certeza y previsibilidad a todos los actores que participan en los mismos. 
 
En su informe, la Corte Suprema destaca la eliminación del componente político en el proceso de evaluación ambiental, a través de la supresión de las COEVA y el Comité de Ministros, entregando sus funciones al Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, decisión que se estima acertada, pues otorga preeminencia al carácter técnico del proceso de evaluación, refuerza el cometido del Servicio de Evaluación Ambiental y reduce la posibilidad de incorporar elementos ajenos a los tenidos en vista durante esta etapa. 
 
Por otra parte, la Corte plantea la necesidad de revisar algunas de las modificaciones propuestas a la Ley 20.600 en materia de invalidación de la resolución de calificación ambiental (RCA), pues se manifiesta cómo operaría la facultad invalidatoria del artículo 53 de la Ley N° 19.880, la que no ha sido modificada ni suprimida para las RCA. 
 
Finalmente, respecto a la acción de reparación del daño ambiental, formula observaciones referidas a la forma de distribuir la carga probatoria, haciendo presente la asimetría que presupone la imposición de esta medida, atendiendo a las partes legitimadas para intervenir en el procedimiento y las actuales facultades que gozan los tribunales para dar por acreditados los hechos. No obstante, destaca la supresión de la regla de “inhibición” para el Consejo de Defensa del Estado, que le otorga legitimación activa para interponer demanda en contra del responsable del daño ambiental, sin necesidad de actuar como tercero coadyuvante. 
 
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 5-2024 (Oficio N°43-2024).
______________________________

 

Compartir en:

Sección de comentarios

Deja tu comentario.