Corte Suprema informa proyecto de ley que crea el Ministerio de Seguridad Pública
23/01/2023El pasado 18 de enero, mediante Oficio N° 7-2023, la Corte Suprema informó al Congreso su opinión sobre el proyecto de ley que “Crea el Ministerio de Seguridad Pública”, correspondiente al boletín N° 14.614-07, actualmente en primer trámite constitucional en la Comisión de Seguridad Pública del Senado, tras haber sido aprobado en general por la Sala.
La Corte expresó que el proyecto entrega una nueva responsabilidad al Poder Judicial, haciéndolo parte integrante de lo que el proyecto denomina “sistema de seguridad pública y convivencia ciudadana”. Sin embargo, indicó que no es del todo claro en qué consiste ese “sistema”, por cuanto el proyecto se limita a señalar que estará compuesto por las normas, políticas, planes y otros instrumentos relativos a ámbitos inespecíficos. Ante esta falta de claridad, la Corte sugirió enmendarla, pues solo de esa forma el Poder Judicial sabrá con certeza qué se espera de él a través de su participación en el mentado sistema.
Desde otra perspectiva, la Corte Suprema relevó en su informe la necesaria cautela con que el Poder Judicial debe asumir la responsabilidad que este proyecto le endosa, considerando que el referido sistema de seguridad pública será dirigido y operado por un ministerio a cargo de estas materias, así como también la planificación, diseño, coordinación, supervigilancia y evaluación de las políticas, planes y programas relativos a la seguridad pública, el orden público, la reinserción social y la atención y asistencia a víctimas. Ello –señala la Corte- encierra el riesgo de involucramiento y compromiso del Poder Judicial con agendas de gobierno, en materias que son parte del conocimiento ordinario de los tribunales de justicia en el ejercicio de la función propiamente jurisdiccional, lo que puede redundar en un debilitamiento de su independencia.
En tal escenario, el máximo Tribunal concluyó que, teniendo presente la regulación y práctica de espacios de coordinación interinstitucional ya previstas en la ley en que el Poder Judicial forma parte a través de su expertise técnica, podría ser aconsejable considerar la participación de esta institución en algún tipo de instancia en que actúe como invitada, a fin de aportar información y antecedentes para la toma de decisiones de los órganos públicos competentes para fijar y ejecutar políticas relativas a la seguridad, orden público y prevención del delito.
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en Oficio N° 7-2023, disponible en esta publicación.
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