Corte Suprema despacha cuarto informe sobre proyecto de ley “Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en atención de salud mental”

06/04/2021
La Corte realizó una serie de observaciones destinadas a modificar y complementar ciertos aspectos del proyecto.

El pasado 5 de abril de 2021, mediante Oficio N° 57-2021, el máximo tribunal evacuó su informe relativo al proyecto de ley que “Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental” (Boletines N° 10.563-11 y 10.755-11), ambos iniciados por moción en la Cámara de Diputados en el año 2016.

La iniciativa refunde dos propuestas que tienen por objeto regular los derechos de las personas en situación de discapacidad psíquica o intelectual y de las personas usuarios de los servicios de salud mental, los requisitos de hospitalización psiquiátrica, los derechos de los familiares y quienes apoyan personas con discapacidad mental o discapacidad psíquica o intelectual, entre otros aspectos.

En esta versión se modifican las reglas de competencia, sometiendo el conocimiento de todos los procedimientos a los Tribunales de Familia, lo cual es informado favorablemente por la Corte Suprema. No obstante, se reiteran las observaciones efectuadas en el informe del año 2020, relacionadas con la necesidad de reforzar el cumplimiento oportuno de entrega de antecedentes  (artículo 14); la falta de mecanismos para oír la opinión del paciente (artículo 15); la sugerencia de restringir el conocimiento de los Tribunales a la circunstancia de si la hospitalización se mantiene voluntaria en los casos de hospitalización prolongada (artículo 18); y, la recomendación de determinar el objetivo de la revisión jurisdiccional y el procedimiento mediante el cual se realizará ésta (artículo 21). Por último, se reitera la observación efectuada en el año 2018 en relación al consentimiento informado en el tratamiento y la posibilidad de extender la revisión judicial en los casos en que el paciente no tenga la posibilidad de manifestar su consentimiento.

Cabe tener presente, que este proyecto ya fue informado por la Corte Suprema en tres oportunidades distintas. Para más detalles, véase el Informe Proyecto de Ley N° 3-2021 (Oficio N° 57-2021), disponible a continuación.

En el siguiente enlace podrá descargar el Oficio de respuesta de la Corte:

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