Comisión Experta aprobó en general y de manera unánime las iniciativas de normas constitucionales correspondientes al Capítulo 7 de la estructura de texto constitucional sobre “Poder Judicial”

10/04/2023
El pasado martes 4 de abril, el Pleno de la Comisión Experta aprobó en general y de manera unánime (24 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones), las iniciativas de normas constitucionales correspondientes al Capítulo 7 de la estructura de texto constitucional sobre “Poder Judicial”.
 
La propuesta aprobada contempla una definición de “Función Jurisdiccional”, la cual se funda en los principios de independencia, imparcialidad, inexcusabilidad, imperio, responsabilidad e inamovilidad. Asimismo, establece que el máximo órgano jurisdiccional del Poder Judicial será la Corte Suprema, la que estará compuesta por veintiún Ministros/as, los que durarán veinte años en sus funciones.
 
Por su parte, la organización del Poder Judicial estará determinada por una ley de quórum, la que fijará, entre otros, la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República.       
 
Respecto al Gobierno Judicial, la propuesta de la Subcomisión se apartó de la idea de establecer un Consejo de la Magistratura y planteó la creación de un sistema de gobierno judicial compuesto por cuatro órganos que funcionarán autónomamente de forma coordinada entre sí y con la Corte Suprema, a través de una Comisión Coordinadora de Justicia. Estos órganos corresponden al Consejo de Nombramientos Judiciales, un órgano de Gestión Administrativa y Presupuestaria, un Comité de Disciplina y un órgano de Formación y Capacitación.  
 
Sobre este último punto, durante el debate se generó un amplio consenso respecto de la necesidad de separar las funciones jurisdiccionales de aquellas que no lo son, sin perjuicio de que la propuesta de separar el “Gobierno Judicial” en diversos órganos, fue de aquellas que produjeron mayores dudas y divergencias. 
 
Las iniciativas aprobadas en general por el Pleno de la Comisión de Expertos serán remitidas a la respectiva subcomisión, pudiendo las comisionadas y comisionados presentar enmiendas, las que deberán ser discutidas y votadas en la subcomisión. Una vez votada la totalidad de las enmiendas se entenderá despachado por la subcomisión el capítulo constitucional, y deberá remitirlo al pleno de la Comisión Experta mediante un informe, para su debate y votación. 
 
La discusión del plenario de la Comisión Experta puede ser revisada en https://www.youtube.com/live/HJfo1EFNrb8; el texto de la propuesta aprobada, puede ser consultado en el siguiente link.
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