Avanza reforma al sistema de justicia para enfrentar la situación posterior al cese del estado de excepción
31/12/2020Dentro de las numerosas modificaciones aprobadas, en el proceso penal destaca la introducción de una nueva audiencia denominada “intermedia” y la regulación expresa de la institución de la nulidad parcial tratándose del fallo que resuelve el recurso de nulidad.
El proyecto de ley que reforma el sistema de justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública (Boletín N° 13.752-07) sigue dando pasos significativos dentro de su tramitación.
Actualmente, la iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, que durante el mes de diciembre aprobó en particular importantes preceptos que modifican el articulado permanente del Código Procesal Penal, el Código de Procedimiento Civil y la ley N° 20.084 sobre responsabilidad penal adolescente.
Entre las modificaciones al proceso penal, destaca la introducción de una nueva audiencia denominada “intermedia”, ubicada después de la preparatoria y antes de la remisión del auto de apertura al tribunal de juicio oral, que otorga una última oportunidad a los intervinientes para alcanzar acuerdo respecto a una eventual salida alternativa, arribar a convenciones probatorias o bien dar aplicación al procedimiento abreviado.
Asimismo, tratándose del fallo penal que resuelve el recurso de nulidad penal, la reforma propone regular expresamente la institución de la nulidad parcial, para aquellos casos en que existe pluralidad de acusados y/o pluralidad de delitos, y se constate un vicio que produce efectos divisibles y subsanables por separado, respecto de alguno de éstos.
Por su parte, la Comisión de Constitución también aprobó enmiendas al Código de Procedimiento Civil, principalmente en materia de notificaciones y audiencias remotas, entre las que se cuentan: (i) la imposición a los litigantes de la carga procesal de fijar –en su primera gestión judicial– un medio de notificación electrónico expedito y eficaz, bajo apercibimiento; (ii) la procedencia de la notificación por vía electrónica sustituyendo la notificación por cédula en determinados casos; (iii) la autorización de esta misma vía de notificación tratándose de determinados terceros ajenos al juicio y la prescindencia de receptor judicial para requerir ciertas inscripciones, subinscripciones o cancelaciones dispuestas por resolución judicial; (iv) la regulación de la comparecencia por videoconferencia en audiencias y alegatos ante tribunales superiores, y reglas de funcionamiento; entre otras modificaciones.
Durante la discusión del proyecto, la Comisión ha contado con la participación activa de la Ministra María Soledad Piñeiro, en representación de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados; de la Directora de la Unidad de Asesoría Jurídica del Ministerio Público, Marta Herrera; de los abogados de la Defensoría Penal Pública, Eduardo Camus y Rubén Romero; de la presidenta del Colegio de Mediadores de Chile A.G., Varinia Penco; y de los profesores Hugo Botto y Cristian Maturana, entre otros.
Además, durante la sesión de 30 de noviembre pasado, la Comisión de Constitución escuchó las presentaciones de los Ministros de la Corte Suprema, Rosa María Maggi y Manuel Vaderrama; y del Fiscal Nacional, Jorge Abbott, quienes fueron especialmente invitados a la instancia.
Por último, cabe recordar que el Ejecutivo retiró los preceptos que, en el proyecto original, introducían modificaciones estructurales al procedimiento civil, como la eliminación de la tacha de testigos o la valoración de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica.
En las sesiones venideras, la Comisión de Constitución deberá analizar y votar las reglas restantes del proyecto, que proponen modificar el Código del Trabajo, el Código Orgánico de Tribunales, y las leyes N° 19.968 sobre tribunales de familia, N° 20.886 de tramitación electrónica, N° 19.496 sobre protección del consumidor y N° 18.287 que establece el procedimiento aplicable ante los juzgados de policía local; además de las disposiciones transitorias del proyecto.
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