Se publica ley N° 21.254, que regula la de retención judicial de fondos previsionales y de suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro de fondos en razón de deudas por obligaciones alimentarias

17/08/2020
El pasado viernes 14 de agosto, se publicó en el Diario Oficial la ley que “Modifica la ley nº 19.968, que crea los tribunales de familia, para incorporar disposiciones transitorias de regulación de medidas de retención judicial de fondos previsionales y de suspensión de la tramitación de la solicitud de retiro de fondos en razón de deudas por obligaciones alimentarias”.

El texto legal introduce una medida cautelar especial de retención de fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias por los montos de retiro autorizados por la ley N° 21.248, que el respectivo afiliado o beneficiario de pensión de sobrevivencia solicitó retira.

Esta retención solo podrá producirse por orden judicial, decretada de oficio o a petición de parte, dictada por un tribunal de familia para garantizar el cumplimiento de obligaciones alimentarias.

Cabe recordar que esta ley fue promovida por el Ejecutivo, una vez que fuera publicada la ley que autorizó retirar el denominado 10% de los fondos de capitalización individual que tienen los afiliados en las AFP, para facilitar el cumplimiento de las pensiones alimenticias.

Por último, este cuerpo normativo viene a reforzar la labor del Poder Judicial y de los tribunales de familia para asegurar el pago de las obligaciones alimentarias, que fuera puesta en marcha apenas fue publicada la ley N° 21.248, mediante la creación a fines de julio del “trámite fácil” para que los interesados puedan solicitar en línea la retención del 10%, y la remisión masiva de órdenes de retención a las AFP.

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