Publicación de la Ley N° 21.484, sobre Responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos

13/09/2022
El pasado 7 de septiembre se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.484 sobre Responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos, que modifica distintos cuerpos normativos para propender al pago efectivo de las deudas alimenticias. Específicamente, se introducen cambios a la Ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias; al Código Civil, y a la ley N° 20.593, que crea el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia.

La ley en cuestión busca ampliar los fondos con cargo a los cuales se puede realizar el pago de las deudas alimenticias, abarcando incluso aquellos que forman parte de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias del alimentante. Junto con ello, se entregan mayores facultades oficiosas a los tribunales de familia, que propenden a una mejor y más completa indagación patrimonial del deudor.

Desde que entre en vigencia esta nueva ley, los alimentos deberán habilitar al alimentado ya no solamente para subsistir “modestamente de un modo correspondiente a su posición social”, como indica actualmente el artículo 323 del Código Civil, sino que para subsistir “adecuadamente, resguardando el interés superior, la autonomía progresiva y el desarrollo integral del niño, niña y adolescente”.

Además, la nueva ley establece la prohibición de aquellas personas que tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, de postular como candidatos a cargos como el de gobernadores regionales, consejeros regionales, alcaldes o concejales. En tanto, cuando sobre un deudor alimentario pesare una orden de arresto y la persona se encontrare rebelde, dicha orden será incorporada al Registro Nacional de Prófugos de la Justicia.

La entrada en vigencia de la Ley N° 21.484, según su artículo primero transitorio, comenzará a los seis meses de la completa entrada en vigencia de la Ley N° 21.389, que regula el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

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