Proyecto de ley que modifica la ley N°20.380, sobre protección de los animales, para regular las carreras de perros

16/03/2020
El pasado 6 de marzo, mediante Oficio N° 55-2020, la Corte Suprema informó al Congreso su opinión sobre la iniciativa que modifica la ley N°20.380, sobre protección de los animales, para regular las carreras de perros (boletín N° 12.786-12).

El referido proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional, y fue iniciado por moción el día 10 de julio de 2019. El objetivo de la iniciativa es “regular y reglamentar la realización de carreras de perros, disponiendo sanciones para el caso en que ellas fuesen desarrolladas sin observar tales requisitos” y consta de un artículo único, que introduce modificaciones a la Ley N°20.380, sobre protección de los animales. Siendo está la segunda ocasión en que se solicita informe a la Corte.

El proyecto propone asignar competencia a los Juzgados de Policía Local para que conozcan de las infracciones a las normas que regulan los requisitos que deben cumplir las carreras de perros para ser permitidas, las que serían sancionables con multa de 10 a 50 UTM y clausura temporal, hasta por tres meses, o definitiva del establecimiento, lugar o recinto en que se realice la actividad.

Al respecto, la Corte consideró que “[l]a solución adoptada por los legisladores en la norma que se informa, dista ser conveniente”. Primero, porque “entrega al Juzgado de Policía Local, la aplicación de las sanciones administrativas de multa y clausura, sin que en ninguna de éstas se haya llevado a efecto un procedimiento administrativo previo”. Segundo, puesto que no fija parámetros para la procedencia de la sanción de clausura o para determinar la sanción de multa, velando por la proporcionalidad de la misma.

Finalmente el máximo tribunal, como lo expresó en su informe anterior, mantuvo su opinión respecto de que es el Servicio Agrícola y Ganadero el que debe tener a cargo la fiscalización y sanción de la actividad que se pretende regular.

El informe de la Corte se extendió a otros aspectos del proyecto de ley en comento. Sus detalles pueden consultarse en el Informe Proyecto de Ley N° 2-2020 (Oficio N° 55-2020)

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