Corte Suprema informó su opinión sobre el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para establecer, en los juicios de alimentos, la obligación del tribunal de obtener información patrimonial y financiera, y permitir que se levante el secreto bancario respecto del demandado

26/05/2023
El pasado 16 de mayo, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión sobre el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para establecer, en los juicios de alimentos, la obligación del tribunal de obtener información patrimonial y financiera, y permitir que se levante el secreto bancario respecto del demandado (boletín N° 14.939-18), iniciativa ingresada como moción ante la Cámara de Diputados en el mes de abril del año 2022 y que todavía se mantiene en primer trámite constitucional.

El objetivo del proyecto es incorporar en la legislación dos medidas para facilitar a los tribunales de familia, en el contexto de los juicios de alimentos, el conocimiento de la capacidad económica del alimentante. Específicamente, se busca establecer el deber de estos tribunales de obtener de oficio la información patrimonial y financiera de la persona demandada de alimentos, y permitir que el tribunal ordene el levantamiento del secreto bancario o la reserva bancaria a que tiene derecho el alimentante.

En su informe, la Corte Suprema advirtió que estas medidas ya son aplicadas por los tribunales de justicia, y particularmente por los de familia, en razón que la legislación vigente lo permite. Sin embargo, establecer un deber tan genérico de indagación patrimonial como el que pretende incorporar el proyecto, es altamente desaconsejable, fundamentalmente por la carga que pone sobre la judicatura de familia.

Entre sus comentarios, la Corte previno también sobre algunas deficiencias en la técnica legislativa de la moción informada.

Vea el detalle de las observaciones formuladas en la respuesta del máximo tribunal al Congreso Nacional, en el Informe Proyecto de Ley N° 13-2023.
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