Corte Suprema informa proyecto de ley que “Modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, y otros cuerpos legales, adecuándolos a la ley N° 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, y deroga la ley N° 16.618, Ley de Menores”

09/11/2023
El día 24 de octubre de 2023, a través de Oficio N° 287-2023, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión del proyecto de ley que Modifica la ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, y otros cuerpos legales, adecuándolos a la ley N° 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia, y deroga la ley N° 16.618, Ley de Menores (Boletín N° 16.286-07).
 
El proyecto de ley consultado, modifica la Ley N° 19.968, para adecuarla al régimen de protección establecido en la Ley N° 21.430, “Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia”, dentro de las cuales destacan las reglas especiales de procedimiento respecto de los asuntos que conocen los tribunales con competencia en materia de familia respecto de niños, niñas y adolescentes, tales como, interés superior, autonomía progresiva, derecho a ser oído, defensa judicial, declaración como testigos y fundamentación de decisiones, así como también reformula por completo el procedimiento de aplicación de medidas judiciales de protección de sus derechos.
 
En su informe, la Corte destaca que las modificaciones introducidas por el proyecto resultan positivas puesto que van en la línea con lo dispuesto en la Ley N° 21.430, sin perjuicio de ciertos aspectos que deben ser objeto de análisis con el fin de aclarar o compatibilizar su aplicación con otras reglas.
 
Respecto a la Ley de Menores, la Corte ve en buenos términos su derogación, porque actualmente es la Ley N° 21.430, el estatuto marco dispuesto para los niños, niñas y adolescentes. Más aun, cuando aquellas normas que resultan necesarias y útiles, son trasladadas a otros cuerpos legales a través del proyecto de ley.
 
Finaliza, recordando que luego de las últimas reformas introducidas (ley sobre monitoreo telemático y cumplimiento de alimentos), los tribunales de familia se han visto sujetos a una considerable alza en su carga de trabajo, lo cual debe tenerse en cuenta al momento de analizar cualquier iniciativa, para efectos de determinar los recursos presupuestarios que serán necesarios para que las reformas puedan ser implementadas y lograr los objetivos buscados por la legislación.
 
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 50-2023 (Oficio N°287-2023).
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