Corte Suprema informa proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de agravar las penas asignadas al delito de violación a una persona menor de catorce años.

14/04/2023
Con fecha 05 de abril de 2023, mediante Oficio N° 58-2023, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión del proyecto de ley que modifica el Código Penal con el objeto de agravar las penas asignadas al delito de violación a una persona menor de catorce años (Boletín N° 15.707-07).
 
El proyecto de ley consta de un artículo único, con dos literales, que busca modificar el artículo 362 del Código Penal. La letra a) modifica la pena asociada al delito, estableciendo que será la de presidio mayor en su grado máximo, y la letra b), por su parte, agrega dos nuevos incisos al artículo 362, estableciendo una medida de prohibición al condenado de acercarse a la víctima.
 
Respecto al agravamiento de la pena, la Corte Suprema omitió su pronunciamiento, por cuanto, la norma propuesta no versa sobre atribuciones ni organización de los tribunales de justicia. 
 
En relación a la medida de prohibición de acercamiento a la víctima del delito de violación por parte del autor, se estima que podría ser perfeccionada, para lo cual se requiere aclarar su naturaleza jurídica, en relación a si se trata de una pena propiamente tal o una medida de seguridad. Independiente de lo anterior, se hace presente que la propuesta no determina la duración de ésta, dejándola simplemente al criterio judicial, de manera que ella no cumple con los estándares básicos constitucionales de legalidad y proporcionalidad. Finalmente, se recomienda establecer una sanción de manera expresa en caso de incumplimiento, ya que por el contrario, de no existir, su efectividad se tornaría estéril.
 
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Oficio N° 58-2023.
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