Corte Suprema informa Proyecto de Ley que “Modifica el Código Orgánico de Tribunales en materia de jurisdicción extraterritorial en caso de delitos de cohecho por los que respondan penalmente las personas jurídicas”

04/09/2024
El día 3 de septiembre de 2024, a través de Oficio N° 271-2024, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional su opinión del proyecto de ley que “Modifica el Código Orgánico de Tribunales en materia de jurisdicción extraterritorial en caso de delitos de cohecho por los que respondan penalmente las personas jurídicas” (Boletín N° 16.986-07).
 
El proyecto de ley tiene por propósito modificar el Código Orgánico de Tribunales para extender la jurisdicción extraterritorial de los tribunales nacionales a delitos de cohecho cometidos por personas jurídicas constituidas o domiciliadas en Chile. Esto responde a las obligaciones internacionales asumidas por Chile en la Convencion para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE.
 
La Corte hizo presente que, desde el año 2009, por medio de la Ley N°20.393, las personas jurídicas tienen responsabilidad penal por delitos como soborno, cohecho a funcionario público extranjero, lavado de activos y financiamiento del terrorismo. En 2018, la Ley N°21.121 amplió este catálogo para incluir los delitos de negociación incompatible, corrupción entre particulares, receptación, apropiación y distracción indebida, y administración desleal. Por su parte, la Ley N°21.595, de Delitos Económicos, publicada en 2023, incorporó todos los delitos calificados como económicos, financiamiento del terrorismo, los contemplados en la Ley N°17.798 sobre Control de Armas, trata de personas y sustracción de madera, legislación que entró en vigencia el pasado 1 de septiembre.
 
De este modo, Chile ha mostrado su compromiso con la erradicación de la corrupción y ha seguido las recomendaciones del Grupo de Trabajo de la OCDE sobre cohecho, que ha instado a modificar la legislación para otorgar jurisdicción territorial y de nacionalidad para procesar a personas jurídicas por cohecho internacional. 
 
En consecuencia, el máximo tribunal concluye que no se observa obstáculo en la propuesta y la extensión de la extraterritorialidad resulta razonable, considerando la regulación chilena vigente y los compromisos internacionales del Estado.
 
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 46-2024 (Oficio N°271-2024).
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