Corte Suprema informa proyecto de ley que Modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos
15/09/2023El día 8 de septiembre de 2023, a través de Oficio N° 239-2023, la Corte Suprema informó al Congreso Nacional, su opinión del proyecto de ley que Modifica el Código Civil, para establecer reglas aplicables a asociaciones y fundaciones que contraten con el Estado o sean receptoras de fondos públicos, correspondiente al Boletín N° 16.103-07.
El proyecto de ley, incorpora un párrafo segundo al Título XXXIII “De las Personas Jurídicas” del Libro I del Código Civil, el que tiene por objeto hacer aplicable los principios de transparencia y probidad a las personas jurídicas sin fines de lucro que contraten o suscriban convenios con el Estado, o sean receptoras de fondos públicos.
En su informe, la Corte Suprema valora el objetivo tenido en vista por los proponentes, pero hace presente una serie de observaciones que permitirían mejorar el proyecto. En primer lugar, para la Corte no es adecuado aplicar reglas de naturaleza eminentemente pública, a personas jurídicas sin fines de lucro, por cuanto su naturaleza difiere de la organización del Estado. Luego, es contraria a entregar la fiscalización de estas organizaciones al Consejo para la Transparencia y, finalmente, le parece defectuoso el procedimiento de reclamación judicial creado para impugnar las multas que imponga dicho Consejo.
Sobre esto último, señala que el contencioso administrativo propuesto carece de la suficiente densidad normativa al no existir reglas de procedimiento que le permitan a la Corte de Apelaciones abocarse al conocimiento del asunto.
El informe de la Corte del proyecto de ley en comento y sus detalles pueden consultarse en el Informe del Proyecto de Ley N° 32-2023 (Oficio N°239-2023).
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