Corte Suprema entrega informe sobre el proyecto de ley que "Dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal"

26/09/2024
El pasado 17 de septiembre de 2024, mediante Oficio N° 327-2024, el máximo tribunal despachó al Congreso Nacional su informe relativo al proyecto de ley que “Dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal” (Boletín N° 16.621-05), iniciado por mensaje e ingresado a la Honorable Cámara de Diputadas y Diputados el 29 de enero de 2024.
 
El proyecto tiene por objetivo incrementar la recaudación fiscal en un 1,5% del PIB para contribuir al financiamiento de necesidades y prioridades definidas en el pacto, tales como pensiones y seguridad pública. Asimismo, busca relevar la gravedad de los delitos tributarios, fortalecer la Defensoría del Contribuyente, y fortalecer institucionalmente los servicios que componen la administración tributaria.
 
En su informe, la Corte realiza principalmente observaciones en torno a las modificaciones introducidas por las indicaciones del Ejecutivo, aprobadas en la Comisión de Hacienda del Senado, que alteran los artículos 62 y 62 bis del Código Tributario. Estas modificaciones se centran en el procedimiento de acceso a la información bancaria bajo secreto o reserva por parte del Servicio de Impuestos Internos en el ejercicio de sus facultades fiscalizadoras. El tribunal destacó las modificaciones que reestablecen la obligación del Servicio de requerir autorización judicial para acceder a dicha información, lo que había sido eliminado en el primer trámite constitucional por la Cámara de Diputadas y Diputados. La Corte valoró positivamente la precisión introducida en las exigencias para la autorización judicial, y señaló que el procedimiento simplificado, que permite al Servicio acceder a la información sin el emplazamiento del contribuyente en casos graves, también es apropiado.
 
Sin embargo, el informe incluyó observaciones respecto a la claridad en la redacción de algunas disposiciones, especialmente aquellas que suspenden los plazos de prescripción en casos específicos. Además, se destacó la necesidad de una completa sincronización legislativa entre el proyecto de ley y otras normativas, como la Ley General de Bancos y la Ley N° 21.694, relacionadas con el secreto bancario y los plazos de las investigaciones.
 
Para más detalles, véase el informe del proyecto de ley contenido en el Oficio N° 327-2024.
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