Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley orgánico de la Reforma Procesal Civil

10/06/2022
Con fecha 9 de junio de 2022, el pleno del máximo tribunal se pronunció respecto del proyecto de ley que “Crea tribunales civiles y sedes judiciales, y modifica el Código Orgánico de Tribunales y la ley N° 20.886”, correspondiente al Boletín N°14.821-07.

Cabe precisar que este proyecto de ley forma parte, junto a los proyectos de ley que “establece un nuevo Código Procesal Civil”, correspondiente al Boletín N° 8.197-07 y “Regula la mediación civil y comercial”, Boletín N°14.817-07, de la denominada Reforma Procesal Civil. Mientras el primer proyecto se ocupa de las instituciones procesales en torno a un nuevo Código Procesal Civil, el segundo lo hace de la mediación –concebida en la iniciativa del Ejecutivo como fase obligatoria previa para el ejercicio de algunas de las acciones civiles y comerciales-. En cambio, el proyecto del Boletín N°14.821-07 se encarga de dar expresión orgánica a la Reforma, suprimiendo los juzgados civiles existentes y creando nuevos juzgados, con una nueva estructura, creando las sedes judiciales, entre otros cambios relevantes.

Impuesta acerca del proyecto, la Corte Suprema formuló diversas observaciones, destacando entre ellas las siguientes:

  1. Le pareció apropiado el reemplazo del modelo de unidades jurisdiccionales unipersonales por tribunales colegiados, manteniendo en un solo juez el ejercicio de la función jurisdiccional;
  2. Hizo presente que las estimaciones de la Corporación Administrativa del Poder Judicial acerca de la cantidad de jueces y de funcionarios que contempla el proyecto es inferior a la necesaria para el adecuado funcionamiento de los tribunales civiles.
  3. Consigna que la reubicación de los actuales funcionarios de los juzgados civiles se verá dificultada por la especialización de las funciones, lo que podría reducir los cargos posibles de proveer por la vía del traspaso en la medida que los funcionarios actuales no cuenten con las credenciales profesionales que exige el proyecto para cargos específicos
  4. Destaca que el proyecto de ley no aborda el reforzamiento de las dotaciones de las Cortes de Apelaciones, en circunstancias que se espera el aumento de ingresos en esa sede, por lo que debiera proponerse no solo en el aumento de jueces de primer grado, sino que también correlativamente de las dotaciones de ministros y personal de las Cortes de Apelaciones.

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