Corte Suprema despacha informe sobre proyecto de ley que limita la responsabilidad en caso de uso fraudulento de medios de pago

14/02/2020
La Corte informó la iniciativa centrando su análisis en la propuesta de nuevo artículo 5° de la Ley N° 20.009.

El pasado 11 de febrero de 2020, mediante Oficio N° 45-2020, el máximo tribunal evacuó su informe relativo al proyecto de ley “Limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas, en lo relativo a la responsabilidad del usuario y del emisor en casos de uso fraudulento de estos medios de pago” (Boletín N° 11.078-03), iniciado por moción en el Senado el 04 de enero de 2017.

En su informe, la Corte Suprema describió las motivaciones y contenido del proyecto, y realizó observaciones a las propuestas de modificaciones legales.

La iniciativa tiene por finalidad ampliar el ámbito de aplicación de la Ley N° 20.009 que “Limita la Responsabilidad de los Usuarios de Tarjetas de Crédito por Operaciones Realizadas con Tarjetas Extraviadas, Hurtadas o Robadas”, en el sentido de regular la protección de los usuarios a medios de pago distintos a las tarjetas de crédito, al fraude – en lugar de sólo el extravío, hurto y robo – y a las transacciones electrónicas.

En particular, la Corte se pronunció sobre la propuesta de nuevo artículo 5° de la Ley N° 20.009, el cual contiene reglas relativas al destino de las operaciones reclamadas por usuarios de lo que el proyecto define como “medios de pago”, para cuyo efecto diferencia entre operaciones por montos iguales o inferiores a 35 UF y montos superiores a dicha suma, estableciendo un sistema diferenciado de cancelación o restitución de fondos y de acciones judiciales con las que cuentan los emisores de los medios de pago.

Sobre este último punto, la Corte informó favorablemente el otorgamiento de competencia a los Juzgados de Policía Local, por tratarse de conflictos que se instalan en una relación de consumo, los cuales por regla general son conocidos por dichos tribunales.


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