Corte Suprema acuerda tramitación electrónica de procedimientos en el máximo tribunal

16/03/2015
Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el martes 10 de marzo de 2014–, acordó implementar la tramitación digital de todos los procedimientos que deba realizar el máximo tribunal del país, cuyos antecedentes se deriven de causas u otros asuntos que conciernan a los sistemas procesales reformados y de aquellos que se substancian a través de carpeta electrónica. Implementación que se realizará de manera progresiva hasta el 1 de julio de 2015, fecha en que deberá estar totalmente operativa.

En el acuerdo –contenido en el acta 30-2015–, el pleno del máximo tribunal del país establece que las plataformas y soportes tecnológicos con que cuenta el Poder Judicial, «favorecen el acceso cabal, oportuno y veraz al contenido de los procesos», por lo que «corresponde que esta Corte Suprema propicie la uniformidad y se incorpore a la tramitación en expediente digital en todos aquellos procedimientos que tengan su antecedentes en causas o asuntos concernientes a los sistemas procesales reformados y otros asuntos que se substancian ceñidos, como se ha dicho, a la carpeta electrónica».

De esta forma, continúa, «en los procedimientos, solicitudes de asistencia y cooperación interinstitucional, causas y recursos de conocimientos de esta Corte de carácter reformado y además asuntos que se tramiten en sistema electrónico se utilizará exclusivamente el registro en dicho soporte».

Asimismo, la tramitación de las materias de carácter administrativo, disciplinario, informativos y demás requerimientos que se efectúen a la Corte Suprema, deberán realizarse, igualmente, en soporte informático. La única salvedad que se establece, serán las materias no reformadas y exclusivamente jurisdiccionales que, por ley, deben tramitarse en papel. De las cuales, se llevará un registro digital paralelo.

Firma virtual

El pleno también acordó que las resoluciones, actuaciones y documentos con tramitación digital serán rubricados mediante firma electrónica simple o avanzada, las que tendrán –una vez incorporadas a la carpeta digital– el mismo valor que las firmas que se estampan en soporte papel.

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