2016 Diagnóstico sobre Ley 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente

13/04/2016
A fines del año 2014 la Dirección de Estudios de la Corte Suprema dio inicio al proceso de diagnóstico sobre la implementación de la Ley N°20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente en los distintos Juzgados de Garantía, Letras y Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal del país. El proceso se inició con un análisis normativo de la ley y un levantamiento estadístico de antecedentes respectivos a causas RPA, entre otros, ingresos, tipos de delitos, términos, tipos de términos y sanciones decretadas, información que sirvió de base para la elaboración de una pauta de entrevistas presenciales y de videoconferencias, para regiones distintas a la Metropolitana, donde participaron ministros de Cortes de Apelaciones, jueces y administradores de distintos tribunales penales, profundizando en temáticas tales como especialización en responsabilidad penal adolescente, gestión de causas, percepciones respecto de la implementación de la Ley 20.084 a sus casi 10 años de entrada en vigencia y también se compartieron percepciones respecto del rol que ejercen los distintos intervinientes en el proceso penal, entre otras.

Con el objetivo de conseguir una muestra representativa de la realidad de los tribunales penales a nivel nacional y de conocer la percepción de los distintos actores, se aplicaron 2 encuestas, en distintos momentos del diagnóstico y complementarias entre sí, que permitieron ahondar aún más en aquellas temáticas identificadas como relevantes durante el proceso. Las encuestas fueron de carácter autoaplicadas y enviadas por correo electrónico a administradores y jueces de Juzgados de Garantía, Letras y Garantía y Tribunales de Juicio Oral en lo Penal, logrando como resultado una cobertura del 75% de los tribunales en análisis. Aquellos resultados más relevantes fueron:

  1. El 83% de los jueces de garantía ha realizado al menos un curso de especialización en materia de Responsabilidad Penal Adolescente. En este mismo ámbito, tanto jueces como administradores creen necesario que todo el equipo que trabaja en la resolución de conflictos de RPA, no solo los jueces, debiesen también estar capacitados en esta materia, para efectos de garantizar una adecuada especialización.
  2. Existen distintos modelos de gestión de causas por infracciones de adolescentes a la ley penal, en el contexto del marco normativo determinado por la Ley 20.084 y de acuerdo a las circunstancias derivadas del sistema de distribución del trabajo, a través de los cuales los tribunales penales han buscado avanzar hacia una justicia especializada en RPA. De esta forma, mediante el diagnóstico realizado se determina que existen 5 modelos de gestión de causas RPA actualmente vigentes en los tribunales penales. Ellas varían de acuerdo a los siguientes factores:
    1. Juez especializado, en cuanto a que las causas las conoce un juez capacitado en RPA de acuerdo a los estándares fijados por la Ley 20.084.
    2. Juez especializado exclusivo o preferente, dependiendo si las causas RPA las conoce el juez especializado de manera exclusiva o preferentemente respecto a otros jueces (ocasión en que también conocerá causas de adultos).
    3. Sala exclusiva, las causas son conocidas en sala exclusivamente dedicada a causas de RPA.
    4. Agenda especial, cuando la sala establece un espacio específico en su agenda para conocer las causas de RPA.
  3. De la existencia de los distintos factores dependerá entonces el grado de especialización del modelo de gestión de causas.

Debido a distintas restricciones originadas por carga de trabajo, escasez de jueces y funcionarios disponibles, bajos estándares determinados por la Ley 20.084 o incluso por falta de valoración a la especialización de RPA, actualmente sólo un 2% de los tribunales penales del país conocen de las causas de RPA a través del sistema de ´especialización completa´. Por el contrario, el 44% utiliza un modelo de gestión de menor especialización y un 42% solamente destina un espacio determinado en la agenda de la sala, pero sin considerar capacitación o exclusividad del juez que conoce causas adolescentes.

El desglose del modelo de gestión de causas de RPA, de acuerdo al tipo de tribunal penal, permite concluir que los Juzgados de Garantía son quienes presentan un mayor grado de especialización, en cuanto son los únicos que utilizan el modelo I (3%) y II (11%). Ello responde a una serie de factores como al hecho que son quienes concentran la mayor carga de trabajo en esta materia, a diferencia de los Tribunales e Juicio Oral en lo Penal, y cuentan con la capacidad humana para especializar sala, jueces y/o funcionarios, a diferencia de los Tribunales de Letras y Garantías.

  • Entre aquellas percepciones y recomendaciones que realizan los jueces que conocen causas RPA señalan que sería importante para ellos el poder contar con el apoyo de un profesional del área psicosocial, como ocurre en algunos casos con la figura del Coordinador de Sename, que permita entregar información sobre el adolescente para lograr una mejor respuesta y a su vez, establecer penas más idóneas de acuerdo a la realidad y situación de éste en miras a su reinserción. Además, se propone evaluar la incorporación de mecanismos de mediación penal adolescente y de justicia restaurativa, los que en ciertos casos pueden proteger de mejor manera los derechos humanos de los adolescentes infractores de la ley penal, además de resolver los conflictos en esta materia de una forma que favorezcan la reinserción social del adolescente y la restauración de las víctimas de estos delitos.
  • Por último, a partir del proceso diagnóstico se identificaron aquellos estándares de derecho internacional de derechos humanos y de derecho interno aplicables en la materia, a efectos de definir los niveles de especialización requeridos y diseñar indicadores que permitan medir los avances en la especialización de la administración de justicia en causas de responsabilidad penal adolescentes y en la protección de derechos de adolescentes infractores y de las víctimas de estos delitos.

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